Reparaciones en el Arriendo: Qué le corresponde al arrendador y qué al arrendatario

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1. Regla General de las Reparaciones en la Ley de Inquilinato

Una de las disputas más comunes al terminar una relación arrendaticia es definir quién asume el costo de los arreglos en el inmueble. La normativa ecuatoriana del Código Civil y la Ley de Inquilinato dividen los arreglos en dos categorías bien delimitadas: Reparaciones Necesarias y Estructurales, y Reparaciones Locativas o Menores.

2. Obligaciones del Arrendador (Propietario)

El arrendador está obligado por ley a mantener el inmueble en condiciones óptimas de habitabilidad y uso para el inquilino. Por lo tanto, corre con los gastos de las siguientes reparaciones de carácter necesario:

  • Arreglos en la estructura del inmueble (paredes agrietadas, cimientos, techos con goteras graves).
  • Reparación o sustitución de tuberías principales de agua potable y cableados de red eléctrica antiguos.
  • Reparación de daños provocados por fuerza mayor o desastres naturales (como terremotos o lluvias severas).

3. Obligaciones del Arrendatario (Inquilino)

El inquilino debe cuidar y conservar el inmueble como si fuera propio. Tiene la obligación de asumir los costos de las reparaciones locativas, que son aquellas provocadas por el uso regular o descuido en las actividades diarias:

  • Sustitución de focos quemados, interruptores dañados o grifos goteantes.
  • Pintado de paredes rayadas o dañadas por la colocación de cuadros y estanterías.
  • Reparación de cerraduras rotas o vidrios de ventanas quebrados durante el período del arriendo.

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